{"id":54442,"date":"2018-10-26T10:52:19","date_gmt":"2018-10-26T13:52:19","modified":"2021-11-15T19:43:26","modified_gmt":"2021-11-15T22:43:26","slug":"libertad-religiosa-o-discriminacion-el-caso-masterpiece-cakeshop","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticias.adventistas.org\/es\/columna\/juan.martin\/libertad-religiosa-o-discriminacion-el-caso-masterpiece-cakeshop\/","title":{"rendered":"\u00bfLibertad religiosa o discriminaci\u00f3n? El caso Masterpiece Cakeshop"},"content":{"rendered":"<div id=\"attachment_54443\" style=\"width: 1010px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"https:\/\/files.adventistas.org\/noticias\/es\/2018\/10\/26104322\/shutterstock_691342207.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-54443\" class=\"wp-image-54443 size-full\" src=\"https:\/\/files.adventistas.org\/noticias\/es\/2018\/10\/26104322\/shutterstock_691342207.jpg\" alt=\"\" width=\"1000\" height=\"692\" srcset=\"https:\/\/files.adventistas.org\/noticias\/es\/2018\/10\/26104322\/shutterstock_691342207.jpg 1000w, https:\/\/files.adventistas.org\/noticias\/es\/2018\/10\/26104322\/shutterstock_691342207-768x531.jpg 768w, https:\/\/files.adventistas.org\/noticias\/es\/2018\/10\/26104322\/shutterstock_691342207-730x505.jpg 730w\" sizes=\"(max-width: 1000px) 100vw, 1000px\" \/><\/a><p id=\"caption-attachment-54443\" class=\"wp-caption-text\">Imagen: shutterstock.<\/p><\/div>\n<p>Durante los preparativos para su fiesta de boda, una pareja fue a encargar una torta. Eligieron la tienda <em>Masterpiece Cakeshop<\/em>, en Colorado (EEUU). Pero el repostero y due\u00f1o de la tienda, Jack Phillips, se neg\u00f3 a recibir el encargo. Resulta que la pareja era homosexual, y el se\u00f1or Phillips sinti\u00f3 que participar en una boda entre personas del mismo sexo iba en contra de sus convicciones religiosas. Seg\u00fan las creencias de Phillips, el matrimonio debe estar reservado para la uni\u00f3n entre un hombre y una mujer.<\/p>\n<p>Sinti\u00e9ndose ofendida y discriminada, la pareja present\u00f3 una denuncia contra el repostero ante la Comisi\u00f3n de Derechos Civiles de Colorado<a href=\"\/\/5128F33D-2012-4D99-8F9C-53CFF8E5ECF7#_edn1\" name=\"_ednref1\">[1]<\/a>. Esta es la oficina administrativa encargada de velar por el cumplimiento de la normativa antidiscriminatoria en los negocios abiertos al p\u00fablico. Y esta normativa dice que no puede negarse la oferta de bienes y servicios a una persona en raz\u00f3n de su raza, religi\u00f3n u orientaci\u00f3n sexual. En consecuencia, y tras un proceso de investigaci\u00f3n, la Comisi\u00f3n acept\u00f3 el reclamo de la pareja y sancion\u00f3 al repostero.<\/p>\n<h3>El caso ante la Comisi\u00f3n de Derechos Civiles<\/h3>\n<p>A primera vista, el razonamiento de la Comisi\u00f3n parece impecable. El repostero hab\u00eda rehusado vender la torta precisamente porque el encargo era para una boda homosexual. En otras palabras, estaba discriminando al hacer oferta de sus servicios. Sin embargo, el se\u00f1or Phillips ten\u00eda tambi\u00e9n un buen argumento: obligarlo a vender la torta para una boda homosexual ser\u00eda forzarlo a actuar en contra de sus convicciones m\u00e1s \u00edntimas. Los derechos de libertad religiosa y de libertad de expresi\u00f3n lo protegen de esa clase de injerencias por parte del Estado.<\/p>\n<p>As\u00ed que el se\u00f1or Phillips apel\u00f3 esa decisi\u00f3n de la Comisi\u00f3n ante los tribunales. Perdi\u00f3 en todas las instancias, hasta llegar a la Corte Suprema. Finalmente, le toc\u00f3 a la Corte decidir si debe prevalecer el derecho de las personas a no ser discriminadas (en este caso, por su condici\u00f3n sexual) o el derecho de las personas a actuar conforme a sus propias convicciones \u00edntimas (en este caso, religiosas).<\/p>\n<p>En este punto, es necesario aclarar un detalle: el se\u00f1or Phillips no se estaba rehusando a simplemente vender una torta a la pareja homosexual, sino a aceptar el encargo de <em>preparar<\/em>una torta especialmente dise\u00f1ada para esa boda. Algo que \u00e9l considera una creaci\u00f3n, una forma de expresi\u00f3n art\u00edstica. Precisamente por eso su defensa se bas\u00f3 no tanto en el derecho de libertad religiosa como en el derecho de libertad de expresi\u00f3n, un derecho que en EEUU es casi sagrado (mientras la libertad religiosa cada vez est\u00e1 m\u00e1s discutida).<\/p>\n<h3>La decisi\u00f3n de la Corte Suprema<\/h3>\n<p>Entonces, \u00bfqu\u00e9 prevalece seg\u00fan la Corte Suprema? \u00bfEl derecho a no ser discriminado o el derecho de libertad religiosa y de libertad de expresi\u00f3n? La sentencia no da una respuesta definitiva. Si bien es cierto que la decisi\u00f3n de la Corte favoreci\u00f3 a Phillips<a href=\"\/\/5128F33D-2012-4D99-8F9C-53CFF8E5ECF7#_edn2\" name=\"_ednref2\">[2]<\/a>(por 7 votos a 2), no lo hizo porque \u00e9ste tuviese raz\u00f3n, sino en base a que fue injustamente sancionado por la Comisi\u00f3n de Derechos Civiles. Seg\u00fan la Corte, ese organismo no le brind\u00f3 un trato imparcial; al contrario, actu\u00f3 inapropiadamente al hostigarlo por sus convicciones religiosas. Este comportamiento es \u201cinconsistente con la obligaci\u00f3n estatal de neutralidad en materia de religi\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>En otras palabras, fue Phillips quien result\u00f3 discriminado (por el Estado). Aqu\u00ed la Corte lanz\u00f3 un mensaje de advertencia: aunque uno no est\u00e9 de acuerdo con las convicciones religiosas de otro, aunque le parezcan anticuadas o erradas, esto no puede dar pie a tratarlo como un ciudadano de segunda, a hostigarlo o a discriminarlo. Esto, aclara el tribunal, no equivale a dar carta libre para discriminar en base a las propias convicciones religiosas. Habr\u00e1 que ver, caso por caso, como se resuelve cada situaci\u00f3n.<\/p>\n<h3>\u00bfFin de la historia?<\/h3>\n<p>En mi opini\u00f3n, el conflicto de derechos entre la no-discriminaci\u00f3n y la libertad religiosa y de expresi\u00f3n es uno de los m\u00e1s complejos de resolver, y de los que traer\u00e1 m\u00e1s conflictos en el futuro cercano.<\/p>\n<p>Dicho eso, tambi\u00e9n hay que aclarar que en muchos casos las partes no parecen interesadas en encontrar una soluci\u00f3n razonable, sino m\u00e1s bien en imponer su voluntad sobre el otro. La pareja de esta historia se cas\u00f3 en Massachussets, pero encarg\u00f3 la torta en Colorado (a 3000 kms.), donde el matrimonio homosexual no era legal en ese momento \u00bfLo hicieron para provocar el conflicto? Es dif\u00edcil asegurarlo. Pero el hecho de que el mismo d\u00eda en que se conoci\u00f3 la sentencia de la Corte Suprema un abogado transexual haya encargado en <em>Masterpiece Cakeshop<\/em>una torta para celebrar su cambio de sexo, hace sospechar hasta al m\u00e1s c\u00e1ndido. Como es de imaginar, el se\u00f1or Phillips se neg\u00f3, y ahora hay un nuevo juicio en marcha<a href=\"\/\/5128F33D-2012-4D99-8F9C-53CFF8E5ECF7#_edn3\" name=\"_ednref3\">[3]<\/a>.<\/p>\n<p>La funci\u00f3n de los tribunales, creo yo, no es declarar ganadores y perdedores en la \u00abbatalla cultural\u00bb, sino encontrar un balance razonable para los derechos en conflicto. Los dos derechos -libertad religiosa y no discriminaci\u00f3n- deben protegerse, y el ideal es encontrar f\u00f3rmulas que permitan resguardarlos a ambos en la mayor medida posible. Desde ese punto de vista, cabe preguntarse: \u00bfpod\u00eda la pareja casarse y disfrutar de su boda con una torta comprada en otro lado? Pareciera que s\u00ed. Admitiendo que existir\u00eda una restricci\u00f3n en su derecho a no ser discriminados, pareciera que esta restricci\u00f3n no es absoluta. A la inversa, si se lo obliga a Phillips a preparar la torta, su derecho de libertad religiosa y de expresi\u00f3n se ve absolutamente truncado. Es decir, para alcanzar un objetivo l\u00edcito (la no discriminaci\u00f3n en base a la orientaci\u00f3n sexual) se sacrifica por completo el derecho de otro.<\/p>\n<p>Esto no debe ser necesariamente un juego de suma cero, donde para que uno gane todo el otro tiene que perder todo. Tengo la esperanza de que los jueces puedan encontrar mejores formas de proteger ambos derechos.<\/p>\n<p><a href=\"\/\/5128F33D-2012-4D99-8F9C-53CFF8E5ECF7#_ednref1\" name=\"_edn1\">[1]<\/a><a href=\"https:\/\/www.colorado.gov\/pacific\/dora\/civil-rights\/commission\">https:\/\/www.colorado.gov\/pacific\/dora\/civil-rights\/commission<\/a><\/p>\n<p><a href=\"\/\/5128F33D-2012-4D99-8F9C-53CFF8E5ECF7#_ednref2\" name=\"_edn2\">[2]<\/a>https:\/\/www.supremecourt.gov\/opinions\/17pdf\/16-111diff2_e1pf.pdf<\/p>\n<p><a href=\"\/\/5128F33D-2012-4D99-8F9C-53CFF8E5ECF7#_ednref3\" name=\"_edn3\">[3]<\/a>https:\/\/www.denverpost.com\/2018\/08\/15\/masterpiece-cakeshop-hickenlooper-lawsuit\/<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfEn qu\u00e9 qued\u00f3 el caso del repostero que se rehus\u00f3 a preparar una torta a una pareja del mismo sexo? \u00bfQu\u00e9 derechos prevalecieron? Lee este art\u00edculo. <\/p>\n","protected":false},"author":130,"featured_media":54443,"comment_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"xtt-pa-format":[5185],"xtt-pa-classification":[],"xtt-pa-editorias":[3388],"xtt-pa-departamentos":[],"xtt-pa-projetos":[],"xtt-pa-regiao":[],"xtt-pa-sedes":[],"xtt-pa-owner":[],"class_list":["post-54442","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","xtt-pa-format-columna","xtt-pa-editorias-liberdad-religiosa"],"acf":false,"terms":{"editorial":"Liberdad Religiosa","format":"Columna"},"featured_media_url":{"full":"https:\/\/files.adventistas.org\/noticias\/es\/2018\/10\/26104322\/shutterstock_691342207.jpg","medium":"https:\/\/files.adventistas.org\/noticias\/es\/2018\/10\/26104322\/shutterstock_691342207-768x531.jpg","small":"https:\/\/files.adventistas.org\/noticias\/es\/2018\/10\/26104322\/shutterstock_691342207-140x90.jpg","pa-block-preview":"https:\/\/files.adventistas.org\/noticias\/es\/2018\/10\/26104322\/shutterstock_691342207-140x90.jpg","pa-block-render":"https:\/\/files.adventistas.org\/noticias\/es\/2018\/10\/26104322\/shutterstock_691342207-290x220.jpg"}}