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Liberdad Religiosa

La Corte Suprema declaró inconstitucional la enseñanza religiosa en Salta

Es para las escuelas públicas de dicha provincia. La Iglesia Adventista en Argentina había presentado su postura para que la prohíban porque atentaba contra la libertad religiosa.


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La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Foto: Santiago López Blasco

Por Alexis Villar

Ayer por la tarde se conoció la noticia. El máximo tribunal decretó que la ley provincial es inconstitucional, lo que significa una buena noticia en pro de la defensa de la libertad de pensamiento y la laicidad del estado.

La Iglesia Adventista del Séptimo Día como institución religiosa y educativa presentó en el mes de agosto, entre los más de 50 expertos en la materia, los “amicus curiae” [amigos del tribunal], su posición en contra de la ley vigente en la provincia de Salta por considerarla discriminatoria ante quienes no profesan la religión católica. Dicha ley es ahora inconstitucional porque la Corte Suprema declaró que afectaba la libertad de enseñanza y libertad religiosa en las escuelas públicas.

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Con el voto de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, la Corte también invalidó la obligación de los padres de manifestar si desean que sus hijos reciban “educación religiosa”.

En este sentido, Ruth Galindez, miembro del equipo jurídico de la Iglesia Adventista en Argentina y presentadora de la postura de la Iglesia ante la Corte Suprema, destacó que es una tarde de alegría porque “la Iglesia puso su grano de arena para que hoy podamos tener este fallo. La Iglesia no quedó indiferente. Para todos es un logro porque es un reconocimiento de un derecho que tenemos todos los ciudadanos de ser educados ante nuestras convicciones”.

En relación al documento presentado por la Iglesia Adventista, Romina Treiyer señaló que fue muy importante que la Iglesia Adventista haya presentado su postura y que “es realmente un triunfo para la libertad religiosa. Es un reconocimiento a un principio que nosotros sostuvimos en este escrito que es la laicidad del estado, lo que significa la separación de la Iglesia y el Estado y la importancia que esto se refleje en el sistema educativo”.

El Centro de Estudios sobre Derecho y Religión (CEDyR) perteneciente a la Universidad Adventista del Plata también realizó su presentación en la voz de su director, Juan Martín Vives. Luego de conocer la resolución, Vives remarca: "Es un fallo que pone freno a las aspiraciones de usar el aparato educativo como cadena de trasmisión para las creencias religiosas (que deben inculcarse en la familia o en la iglesia), y es un paso más en la construcción de un Estado respetuoso de la libertad religiosa de todos".

Acá podrás ver el fallo completo

Cómo surgió

La causa que llegó hasta la Corte se inició en 2008, cuando un grupo de padres, representados por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), fueron a la Justicia por considerar que la ley salteña de educación y su implementación discrimina a los chicos que no son de familias católicas y viola la libertad de pensamiento, consagrada por la Constitución. Para el gobierno de Salta, la Constitución le garantizaba la independencia para tomar decisiones educativas. La Corte salteña avaló esta posición. Pero en marzo, un dictamen del procurador le dio la razón a ADC y recomendó a la Corte revocar la sentencia del tribunal salteño.

La presentación de la Iglesia Adventista del Séptimo Día

 

La presentación del Centro de Estudios sobre Derecho y Religión